Fiscalía redefine directrices sobre protesta social: lo que cambió desde 2021

La fiscal general, Luz Adriana Camargo, firmó el pasado 10 de septiembre un documento clave que deroga 31 directrices impuestas en junio de 2021 por el exfiscal Francisco Barbosa, en pleno estallido social. El nuevo marco regula cómo los fiscales deben abordar los casos vinculados a excesos durante protestas sociales pacíficas, modificando profundamente el enfoque previo.

El documento, estructurado en cuatro capítulos, se centra en la protección del derecho a la protesta, los límites del poder punitivo del Estado y el análisis de la tipicidad de los delitos cometidos en las manifestaciones. Una de las novedades más relevantes es la descriminalización de la protesta social, considerando que algunos actos delictivos pueden derivarse de momentos de tensión y no de una intención criminal premeditada.

Descriminalización y límites del poder punitivo

El texto establece que los fiscales deben investigar los delitos sin estigmatizar la protesta como tal. Los delitos como hurtos o agresiones sexuales no deben vincularse automáticamente a las manifestaciones, según las directrices. Además, el documento recalca que expresiones verbales fuertes o gestos disruptivos no constituyen delitos por sí mismos. En casos de violencia contra la Policía, los fiscales deben evaluar la posibilidad de legítima defensa por parte de los manifestantes, y no criminalizar provocaciones menores como bloqueos espontáneos o daños materiales que no representen un riesgo generalizado.

Investigación rigurosa y enfoque judicial

Se señala que los fiscales deben investigar con mayor precisión delitos graves como asonadas, incendios, obstrucciones de vías, perturbaciones al transporte y el uso de sustancias peligrosas. También se exige un control más estricto sobre las capturas realizadas por la Policía, garantizando la protección del derecho a la protesta y sancionando cualquier abuso de poder por parte de las autoridades.

Asimismo, estas nuevas pautas permiten a los fiscales archivar, inadmitir o precluir casos que carezcan de fundamento sólido, asegurando un tratamiento más justo de las denuncias. Finalmente, se enfatiza que la justicia ordinaria, y no la Justicia Penal Militar, será la encargada de procesar los delitos relacionados con las protestas, reforzando el enfoque civil y garantista de las investigaciones.

Estas directrices marcan un cambio significativo en la forma en que el sistema judicial colombiano manejará los casos surgidos en el contexto de manifestaciones, destacando la importancia de proteger el derecho a la protesta social y limitando el uso desmedido del poder punitivo del Estado. –Agenciapi.co–