El Tribunal Superior de Bogotá negó una acción de tutela que cuestionaba la posibilidad de que el presidente electo, Abelardo de la Espriella, ejerza la Presidencia de la República debido a su doble nacionalidad, colombiana y estadounidense. Con esta decisión, el alto tribunal descartó las pretensiones de los demandantes, quienes sostenían que esa condición constituía un impedimento constitucional para asumir el cargo.
La tutela argumentaba que el juramento de lealtad adquirido durante el proceso de naturalización en Estados Unidos generaba un eventual conflicto con las obligaciones exclusivas que la Constitución colombiana impone al jefe de Estado. Por ello, los accionantes solicitaron que se dejara sin efectos el acto administrativo mediante el cual el Consejo Nacional Electoral formalizó la elección del mandatario.
Sin embargo, el Tribunal concluyó que la acción presentada no era el mecanismo judicial idóneo para controvertir la legalidad del acto de elección presidencial, al considerar que existen otros instrumentos previstos por el ordenamiento jurídico para ese tipo de reclamaciones.

En su análisis, la corporación recordó que la Constitución Política reconoce la doble nacionalidad y que, en el caso de los colombianos por nacimiento, esta condición no implica automáticamente una inhabilidad para ejercer la Presidencia de la República. Además, precisó que los cuestionamientos planteados por los accionantes corresponden a un debate de carácter constitucional y electoral que debe resolverse por las vías judiciales competentes.
La decisión representa un nuevo pronunciamiento judicial sobre la controversia que surgió durante la campaña presidencial en torno a la nacionalidad del hoy presidente electo. Con este fallo, la tutela quedó definitivamente rechazada, sin que ello impida que, si existen otros argumentos jurídicos, puedan ser analizados mediante los mecanismos establecidos en la legislación colombiana.
Fuente: Caracol Radio.
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