El Gobierno Nacional levantó la suspensión general que durante varios años había restringido el porte de armas de fuego en Colombia. La decisión quedó establecida mediante un nuevo decreto firmado por el presidente Abelardo De la Espriella, que restablece la posibilidad de ejercer los permisos individuales que se encuentren vigentes y cumplan con las condiciones establecidas por la ley.
La medida no significa que cualquier ciudadano pueda portar un arma de fuego de manera libre. El Gobierno aclaró que continúan vigentes los requisitos, controles y restricciones establecidos por la legislación colombiana y por las autoridades militares encargadas de expedir y controlar estos permisos.
De acuerdo con la información publicada por EL TIEMPO, podrán ejercer el porte quienes tengan un permiso individual vigente y no estén sujetos a una suspensión, cancelación, revocatoria, vencimiento, prohibición legal o judicial, ni a otra circunstancia que impida su utilización.
Uno de los principales cambios consiste en que los ciudadanos que ya cuentan con un permiso de porte vigente no tendrán que solicitar una autorización especial adicional para ejercerlo. El nuevo decreto busca, de esta manera, poner nuevamente en funcionamiento los permisos individuales dentro del régimen ordinario establecido para el control de armas.
No se autoriza el porte indiscriminado
El levantamiento de la suspensión general no constituye una autorización automática para portar armas. La norma mantiene el monopolio del Estado sobre las armas de fuego y conserva las facultades de las autoridades para suspender, cancelar o revocar permisos cuando se presenten las circunstancias previstas en la legislación.
Además, el porte únicamente podrá realizarse con el arma o las armas específicamente amparadas por el permiso correspondiente. El titular deberá cumplir las condiciones y restricciones establecidas en el documento y en las normas que regulan la materia.
Esto significa que una persona que solamente tenga autorización de tenencia no queda automáticamente habilitada para llevar el arma consigo fuera del lugar autorizado. El permiso de porte es una figura diferente y requiere cumplir las condiciones previstas por las autoridades competentes.
¿Qué deben cumplir quienes quieran portar un arma?
Para obtener un permiso de porte se mantienen los procedimientos establecidos por las autoridades. Entre las condiciones se encuentran la acreditación de la necesidad de portar el arma para la seguridad o integridad personal, de acuerdo con las circunstancias particulares del solicitante.
El trámite contempla la presentación de documentación, la verificación de antecedentes y los controles correspondientes por parte de las autoridades militares. También se exige acreditar condiciones relacionadas con la aptitud para el manejo de armas y cumplir los procedimientos administrativos establecidos.
La reglamentación contempla además restricciones relacionadas con la edad. Como regla general, las personas menores de la edad establecida por la normativa no pueden acceder a estas autorizaciones, aunque existen disposiciones particulares para determinados integrantes de la Fuerza Pública.
El procedimiento también puede incluir el enrolamiento de datos biométricos, la toma de fotografías y una entrevista ante la autoridad militar cuando esta sea requerida. Una vez superadas las etapas de verificación y aprobación, el solicitante debe cumplir con los trámites administrativos y económicos correspondientes para la expedición del permiso.
Los permisos anteriores no quedan automáticamente habilitados
Un aspecto fundamental del nuevo decreto es que la decisión del Gobierno no revive permisos que hayan perdido su vigencia.
Las personas cuyo permiso haya sido cancelado, revocado, suspendido, vencido o esté sometido a una prohibición legal o judicial no pueden interpretar el levantamiento de la suspensión general como una autorización para portar armas.
Las autoridades militares deberán actualizar sus registros y sistemas de información para diferenciar los permisos que se encuentran vigentes de aquellos que presentan alguna restricción.
El Gobierno también mantiene las facultades de control, incautación y decomiso previstas en la legislación. Por lo tanto, portar un arma sin el permiso correspondiente continúa siendo una conducta sometida a las consecuencias establecidas por la ley.
La decisión representa un cambio frente a la política que durante años mantuvo suspendido de manera general el porte de armas de fuego. Sin embargo, el nuevo esquema conserva el principio de que el porte legal depende de una autorización individual y del cumplimiento permanente de las condiciones establecidas por las autoridades.
Fuente: EL TIEMPO.
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