Lo que los colegios privados no pueden exigir en 2026, según el Ministerio de Educación

El Ministerio de Educación Nacional ha emitido una nueva advertencia clara a los colegios privados para el año académico 2026: hay límites estrictos que protegen la economía familiar y evitan prácticas abusivas en materia de cobros, útiles escolares y uniformes.

A través de la Circular 002 del 8 de enero de 2026, dirigida a gobernaciones, alcaldías y secretarías de educación, la cartera reitera una serie de prohibiciones que buscan garantizar transparencia y equidad en los establecimientos educativos no oficiales. Estas medidas se enmarcan en la libertad regulada de tarifas, con incrementos en matrículas y pensiones limitados por la Resolución 019805 del 30 de septiembre de 2025.

Entre las prácticas que los colegios privados no pueden exigir figuran:

  • Cobrar bonos, donaciones o cuotas adicionales (en dinero o especie) distintas a la matrícula, pensiones y cobros periódicos autorizados.
  • Imponer pagos obligatorios por servicios como alimentación, transporte o alojamiento; estos solo proceden si la familia los contrata de forma voluntaria.
  • Exigir marcas específicas, proveedores o tiendas determinadas para la adquisición de útiles escolares o materiales educativos.
  • Obligar a comprar útiles o uniformes directamente en el colegio, en asociaciones de padres o en comercios con convenios exclusivos.
  • Cambiar los textos escolares antes de que hayan sido utilizados por al menos tres años consecutivos.
  • Requerir más de un uniforme de uso diario y uno para educación física, ni impedir la participación del estudiante en actividades por falta de uniforme debido a dificultades económicas.
  • Entregar listas de útiles incompletas, no aprobadas por el Consejo Directivo o fuera del proceso de matrícula; estas deben ser entregadas completas y avaladas en el momento de la inscripción.
  • Solicitar materiales que no respondan directamente al proceso pedagógico o que impliquen una carga económica desproporcionada para las familias.

El Ministerio subraya que las listas de útiles, textos y uniformes deben publicarse en la plataforma EVI, lo que facilita la vigilancia por parte de las secretarías de educación territoriales. El incumplimiento de estas normas puede derivar en sanciones graves: multas de entre 50 y 200 salarios mínimos legales mensuales vigentes, y en casos de reincidencia, hasta el cierre definitivo del establecimiento.

Esta circular llega en un contexto de preocupación por el bolsillo de las familias colombianas, especialmente ante el inicio del calendario escolar 2026, y refuerza el compromiso del Gobierno con una educación accesible y sin barreras económicas injustificadas.

(Fuente: Caracol Radio)

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