La Sala de Tutelas n.º 3 de la Corte Suprema de Justicia ordenó a la Nueva EPS superar de forma gradual, en un plazo máximo de 60 días, el incumplimiento sistemático de las acciones de tutela que han reconocido la vulneración de los derechos a la salud de miles de pacientes.
La medida aplica especialmente a casos donde se han ordenado prestaciones en salud, suministro de medicamentos y atención a pacientes en grave e inminente riesgo, así como a sujetos de especial protección constitucional.
La decisión de la Corte también cobija al agente interventor (Jorge Iván Ospina), la Superintendencia Nacional de Salud, la Presidencia de la República y el Ministerio de Salud, quienes deberán rendir cuentas ante los jueces que han emitido los fallos.
La Nueva EPS fue intervenida por el Gobierno nacional el 3 de abril de 2024 ante su crisis financiera y operativa. Sin embargo, la entidad acumula cientos de tutelas por incumplimientos, lo que ha llevado a múltiples declaraciones de desacato por parte de despachos judiciales.
En el caso que motivó el fallo, la Corte protegió los derechos de una exgerente regional de la EPS, levantando sanciones que sumaban 3.853 días de arresto y multas por más de 9.000 millones de pesos.
La Corte reconoció una “falla estructural” en la entidad y recordó que el Estado, como interventor, es el responsable de garantizar el derecho fundamental a la salud.
—Fuente:Revista Semana—
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