Opinión: La dotación laboral, un derecho que sigue siendo invisible para muchos trabajadores

En Colombia, existe un beneficio laboral que la mayoría de los empleados desconoce o que muchas empresas incumplen sin mayores consecuencias visibles: la dotación de calzado y vestido de labor. Se trata de un derecho consagrado desde hace décadas en el artículo 230 del Código Sustantivo del Trabajo y que obliga a los empleadores a entregar, tres veces al año, un par de zapatos y un vestido de trabajo de forma gratuita.

Las fechas son claras y obligatorias: 30 de abril, 31 de agosto y 20 de diciembre. El requisito principal para que aplique es que el trabajador devengue hasta dos salarios mínimos mensuales legales vigentes y que lleve más de tres meses laborando de manera permanente con el mismo empleador. Quienes ganan más de dos mínimos o llevan menos de tres meses no tienen derecho.

Lo más llamativo —y problemático— es que este derecho sigue siendo letra muerta para una proporción significativa de trabajadores de ingresos bajos, especialmente en sectores como vigilancia, aseo, construcción, comercio informalizado y pequeñas empresas. Muchas compañías optan por no entregarla, reemplazarla con pagos en dinero (lo cual es ilegal), condicionarla o simplemente ignorarla, confiando en que el trabajador no reclamará.

El Ministerio del Trabajo tiene competencia para sancionar estos incumplimientos, pero la realidad es que las inspecciones son limitadas y la mayoría de los casos solo llegan a conocimiento de las autoridades cuando el trabajador ya ha sido despedido o decide demandar. Además, al no tratarse de salario, la dotación no genera impacto en cesantías, primas, vacaciones ni aportes a seguridad social, lo que la hace “invisible” tanto para el empleado como —en muchos casos— para el empleador.

Otro punto que genera confusión es la modalidad de entrega. La ley permite el uso de tarjetas o bonos para que el trabajador escoja su vestuario y calzado, siempre y cuando se destinen exclusivamente a ese fin. Esta flexibilidad es positiva, sobre todo en labores que no exigen uniformes especializados, pero también abre la puerta a abusos cuando el bono tiene un valor irrisorio o restricciones que lo hacen prácticamente inútil.

En un país donde el salario mínimo apenas alcanza para cubrir la canasta básica familiar, exigir que el trabajador invierta de su bolsillo en zapatos y ropa adecuados para trabajar es una carga adicional que no debería existir. La dotación no es un regalo ni una bonificación: es una obligación legal pensada para proteger la dignidad y la salud del trabajador.

Mientras la informalidad siga siendo tan alta y la capacidad de fiscalización del Estado tan limitada, derechos como este continuarán siendo desconocidos por la mayoría. Tal vez sea momento de que las organizaciones sindicales, las veedurías ciudadanas y los mismos medios de comunicación le den mayor visibilidad a esta obligación que, aunque modesta, representa una diferencia real en la calidad de vida de cientos de miles de personas que ganan hasta dos salarios mínimos.

La ley ya existe. Lo que falta es que se cumpla.

(Fuente: Red+ Noticias – información publicada el 10 de febrero de 2026)

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