A través de un comunicado oficial emitido el 6 de enero de 2026, la Delegación Departamental de Bomberos de Cundinamarca (firmado por el Capitán Álvaro Eduardo Farfán Vargas y el Subteniente Hernán Guillermo Sanabria Bermúdez) reitera de manera enfática la obligación legal de los alcaldes municipales de garantizar el servicio público esencial de bomberos.

En medio de la preocupante ola invernal que afecta al departamento —con reportes del gobernador Jorge Emilio Rey sobre 10 personas fallecidas y más de 1.200 familias damnificadas por inundaciones y emergencias relacionadas—, la falta de contratos o convenios pone en riesgo la operatividad de varios cuerpos de bomberos voluntarios y oficiales.
¿Qué dice el comunicado?
- El servicio bomberil es obligatorio, permanente y no discrecional (Ley 1575 de 2012).
- Los municipios deben contratar prioritariamente con los cuerpos de bomberos de su propia jurisdicción.
- Está prohibido contratar con bomberos de otras zonas si existe uno local habilitado (Resolución 1127 de 2018).
- Se deben destinar recursos suficientes (incluyendo la sobretasa bomberil) para garantizar personal, equipos y operación 24/7.
- La omisión puede generar responsabilidades administrativas, disciplinarias y penales para las autoridades municipales.
La Delegación hace un llamado urgente a los alcaldes para:
- Firmar o renovar inmediatamente los convenios.
- Garantizar recursos adecuados.
- Evitar contratos irregulares.
En un momento crítico donde la respuesta rápida salva vidas, la continuidad del servicio bomberil es indispensable para proteger a la comunidad frente a inundaciones, rescates y otras emergencias.
La Delegación somos todos.
¡Exijamos a nuestras autoridades municipales cumplir con esta obligación legal!
Fuente: Comunicado Oficial No. 0001 – Delegación Departamental de Bomberos de Cundinamarca (6-7 enero 2026)
Emergencias: 322 348 1132 / 322 348 1136
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