La Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada emitió una circular que fija las tarifas mínimas obligatorias para los servicios de vigilancia y seguridad privada durante todo 2026, con vigencia retroactiva desde el 25 de diciembre de 2025. La medida busca garantizar el pago oportuno de salarios, prestaciones sociales y el seguro de vida colectivo, además de asegurar la sostenibilidad del sector.
El Salario Mínimo Legal Mensual Vigente (SMLMV) para 2026 se mantiene en $1.750.905 (más auxilio de transporte), y las tarifas se calculan en múltiplos de este valor, más porcentajes de administración y supervisión (AyS) y la prima del seguro de vida.
Tarifas para servicios de 24 horas y 30 días al mes
- Del 1 de enero al 30 de junio de 2026: Tarifa base equivalente a 9,77 SMLMV ($17.106.341,85) + prima de seguro de vida.
- Medio humano sin arma: +8% AyS
- Con arma: +10% AyS
- Con canino: +11% AyS
- Del 1 al 14 de julio de 2026: Tarifa base equivalente a 9,85 SMLMV ($17.246.414,25) + prima de seguro de vida, con los mismos porcentajes de AyS.
- Del 15 de julio al 31 de diciembre de 2026: Tarifa base equivalente a 10,21 SMLMV ($17.876.740,05) + prima de seguro de vida, con los mismos porcentajes de AyS.
En los estratos residenciales 4, 5 y 6, la tarifa mínima se fija en 9,77 o 9,85 SMLMV + 10% de administración y supervisión, según el periodo.
Servicios por horas o días parciales
Cuando el servicio sea inferior a 24 horas o 30 días, la tarifa se calcula de forma proporcional. La jornada se divide en:
- Turno diurno (13 horas, 6:00 a.m. a 7:00 p.m.): 47,59% del valor mensual.
- Turno nocturno (11 horas, 7:00 p.m. a 6:00 a.m.): 52,41% del valor mensual.
El pago del servicio debe realizarse mensualmente, sin plazos diferidos, para asegurar el cumplimiento de las obligaciones laborales. La circular deroga la anterior de diciembre de 2024.
(Fuente: Caracol Radio)
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