Multa de $200 millones por vender o manipular pólvora según el Gobierno

El Ministerio del Interior ya tiene listo un borrador de decreto con el fin de establece las sanciones y las condiciones para poder usar este tipo de artefactos pirotécnicos durante las celebraciones decembrinas.

El Ministerio del Interior tiene listo un documento de 13 páginas con el fin de hacerle frente al usual aumento de casos de personas quemadas por pólvora en diciembre. Ese borrador, en el que participaron los ministerios de Defensa, Justicia y Salud, reglamenta la ley que fue promulgada este año por el Congreso durante la última legislatura del gobierno de Iván Duque (Ley 2224 de 2022) y que para el actual gobierno también es clave para evitar la mayor cantidad de tragedias.

Uno de los principales puntos del documento, dado a conocer por Blu Radio, señala que será prohibida la venta de pólvora a particulares y solo podrá ser vendida a personas que cumplan ciertos requerimientos. Por ejemplo, serán exigidos una serie de condiciones de seguridad y medidas de protección contra incendios, para el transporte, almacenamiento, distribución, venta, y uso. Estos permisos tendrán que tener un concepto previo expedido por los cuerpos de bomberos o unidades especializadas para atender este tipo de emergencias.

Las personas que incumplan el decreto, es decir que usen, fabriquen, manipulen, transporten, almacenen, comercialicen, compren o vendan pólvora, artículos pirotécnicos o fuegos artificiales, será sancionado con una multa de entre uno y doscientos 200 Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes (SMMLV). El borrador también señala que los adultos que permitan o induzcan a niños, niñas o adolescentes a manipular, usar, transportar, comercializar, artículos pirotécnicos o fuegos artificiales se les decomisará los productos y sufrirán una sanción consistente en la ejecución de tareas para la prevención y atención de emergencias que beneficien a la comunidad.

Los representantes legales del niño, niña o adolescente afectado por quemaduras ocasionadas por el uso de artículos pirotécnicos y fuegos artificiales, a quienes se les encontrase responsables por acción o por omisión de la conducta de aquel, se les aplicará una sanción pecuniaria hasta por cinco (5) salarios mínimos legales mensuales vigentes”, señala el borrador. La propuesta también incluye que si en el marco de este tipo de actividades prohibidas se afecta se afecta, la vida y la integridad de terceros, o de bienes públicos o privados, la sanción será entre cien a trescientos SMMLV. —- El Espectador

Foto: Confidencial Colombiana

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