Gobierno regula compra centralizada de medicamentos para enfermedades huérfanas en Colombia

El Ministerio de Salud de Colombia, mediante la Resolución 542 de 2025, estableció los criterios para la compra centralizada, distribución y suministro de medicamentos destinados al tratamiento de enfermedades huérfanas, un avance significativo en la garantía de acceso a terapias para pacientes con estas patologías de baja prevalencia y alto costo . 


1. Compra centralizada a través de la OPS/OMS 
El Ministerio de Salud realizará las adquisiciones mediante el Fondo Rotatorio Regional de la Organización Panamericana de la Salud (OPS) y la Organización Mundial de la Salud (OMS), lo que permitirá negociar precios más competitivos y optimizar recursos . 
Los medicamentos serán seleccionados por las áreas técnicas de los Viceministerios de Salud Pública y Prestación de Servicios, considerando necesidades clínicas, evidencia científica y disponibilidad financiera . 

2.Distribución a través de las EPS 
   – Una vez adquiridos, los fármacos serán entregados a un operador logístico designado por cada EPS, que garantizará su distribución a nivel nacional, priorizando la entrega continua y oportuna a los pacientes . 

3.Seguimiento y control 
Las EPS deberán reportar al Sistema de Vigilancia en Salud Pública (SIVIGILA)y a la Cuenta de Alto Costo para monitorear el uso y efectividad de los tratamientos . 
La Superintendencia Nacional de Salud supervisará el cumplimiento de la normativa, asegurando transparencia en el proceso . 


Reducción de costos: Experiencias internacionales, como la de México, sugieren que la compra centralizada puede generar ahorros de hasta un 30% en la adquisición de medicamentos . 
Equidad en el acceso: Se busca eliminar disparidades regionales, garantizando que pacientes en zonas remotas reciban sus tratamientos sin demoras . 
Sostenibilidad del sistema: Al optimizar recursos, se mitiga la presión financiera sobre el Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) . 

Capacidad logística: La distribución nacional exigirá una cadena de suministro robusta, especialmente en regiones con difícil acceso . 
Adaptación de las EPS: Las entidades deberán ajustar sus protocolos para alinearse con el nuevo modelo, lo que podría generar retos operativos iniciales . 

La medida se enmarca en leyes como la Ley 1438 de 2011 (que define enfermedades huérfanas) y la Ley 1753 de 2015 (que permite negociaciones centralizadas de medicamentos) . Además, responde a órdenes de la Corte Constitucional para garantizar la suficiencia presupuestal en salud . 

¿A quiénes beneficia?
En Colombia, se estima que 90,000 personas padecen enfermedades huérfanas, de las cuales solo el 15.1% cuenta con tratamiento farmacológico disponible . Esta iniciativa busca cerrar esa brecha, priorizando fármacos para patologías con baja prevalencia, alto costo y alto impacto clínico . 


La regulación marca un hito en la política de salud colombiana, alineándose con modelos internacionales como el de la Unión Europea y Estados Unidos, donde la centralización ha mejorado el acceso a terapias innovadoras . Sin embargo, su éxito dependerá de una implementación coordinada entre el gobierno, las EPS y los actores del sistema de salud. —Caracol Radio—

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