Corte Constitucional redefine el acceso a internet en Colombia: Usuarios podrán elegir aplicaciones sin costo adicional

Bogotá, 3 de junio de 2025 – La Corte Constitucional de Colombia emitió la sentencia C-206 de 2025, un fallo que marca un hito en la protección de la neutralidad de la red y el acceso equitativo a internet. La decisión, impulsada por una demanda presentada por la Fundación El Veinte, liderada por la abogada Ana Bejarano, prohíbe a los operadores móviles imponer aplicaciones gratuitas predeterminadas en sus planes de datos, otorgando a los usuarios la libertad de elegir qué aplicaciones no consumirán sus datos.

Referencia celular.
Foto: Unsplash

En entrevista con Mañanas Blu de Blu Radio, Bejarano aclaró que la sentencia no elimina la posibilidad de que los operadores ofrezcan aplicaciones sin costo adicional, sino que busca garantizar que los usuarios decidan cuáles son estas aplicaciones, en lugar de aceptar selecciones impuestas por las empresas, como las plataformas de Meta (WhatsApp, Facebook e Instagram), que suelen priorizarse debido a acuerdos comerciales. “Decir que la gente no va a tener aplicaciones gratis es falso. Lo que estamos haciendo es abrir un espacio para que los usuarios elijan con libertad”, afirmó Bejarano, desmintiendo el mito de que todas las aplicaciones dejarán de ser gratuitas.

La abogada explicó que el modelo conocido como Zero Rating, que permite a los operadores ofrecer acceso gratuito a ciertas aplicaciones, crea una experiencia de internet parcial que vulnera derechos fundamentales como la libertad de expresión y la igualdad. “No es un regalo, es un gancho. Los operadores hacen creer que es gratis, pero los usuarios pagan con sus datos personales o enfrentan un acceso limitado a internet”, señaló. Bejarano destacó que la sentencia busca equiparar el acceso a internet para todos, especialmente para personas de escasos recursos, quienes, según ella, reciben “migajas de internet” al estar restringidos a aplicaciones específicas.

Como ejemplos internacionales, Bejarano mencionó a países como Chile e India, donde regulaciones similares han ampliado el acceso a internet sin incrementar costos para los usuarios. En Colombia, Movistar ya ha dado un paso adelante al expandir voluntariamente su oferta de aplicaciones sin consumo de datos tras la audiencia pública de la Corte, lo que demuestra que es posible implementar planes más inclusivos y competitivos.

La sentencia también responde a la necesidad de proteger el principio de neutralidad de la red, que promueve un acceso equitativo a todos los contenidos de internet sin discriminación. Bejarano subrayó que el fallo no está motivado por intereses corporativos, rechazando acusaciones que vinculan su trabajo con empresas como Google. “Esta demanda la presentamos en 2021 por iniciativa propia, sin financiación externa, porque creemos en el derecho a un internet libre y completo”, afirmó.

Sin embargo, la decisión ha generado controversia. Algunos usuarios en redes sociales, como @JANDR3S__, expresaron preocupación de que la oferta de aplicaciones gratuitas seguirá siendo limitada por los operadores, mientras que otros, como @Rafael_gorgory, sugieren que las empresas podrían optar por eliminar estas ofertas por completo, priorizando rentabilidad. Bejarano respondió que el fallo obliga a los operadores a adaptarse, y la Comisión de Regulación de Comunicaciones y el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones deberán garantizar una implementación que beneficie a los usuarios.

La sentencia C-206 de 2025 representa un avance hacia un internet más libre y equitativo en Colombia, alineándose con estándares globales y empoderando a los usuarios para que tomen el control de su experiencia digital.

—Fuente: Blu Radio, Mañanas Blu, 3 de junio de 2025.

Emisora Fusaonline